Este 22 de agosto el ministro de Salud, Luis Sucre, presentó ante la Asamblea Nacional el Proyecto de Ley 16-22 que modifica el literal d del artículo 8 de la ley 24 de 1963, lo que permitiría que las farmacias puedan importar medicamentos.

"Esta propuesta legislativa está enfocada a permitir que las farmacias, siendo establecimientos farmacéuticos regulados, puedan también importar fármacos directamente, cumpliendo por supuesto con todas las regulaciones que garanticen su calidad, seguridad y eficacia, provocando una mayor competencia lo cual redundaría en mejores ofertas", dijo el ministro de Salud.

El literal citado describe las funciones que tienen las farmacias como parte de los establecimientos farmacéuticos en general; se hace referencia a la preparación y venta de medicamentos, pero no a la importación.

Este es el contenido taxativo de la norma:

"Son los establecimientos dedicados principalmente a la preparación y venta al detal de recetas, medicinas de patente, drogas botánicas, productos químicos, perfumes, cosméticos, y a las actividades propias de las farmacias en los países de mayor progreso económico, en que funcionan fuentes de soda, heladerías, y se le sirven al público artículos propios de su naturaleza y actividad".

De acuerdo con el Ministerio de Salud, si se llega a aprobar la iniciativa, los agentes tendrán la posibilidad de importar los productos siempre que presenten el certificado de importación y la factura de compra. En el caso de que los medicamentos provengan de países con bajos estándares, se mantendrán en cuarentena hasta que se realicen las pruebas necesarias.

En esa dirección, si los productos no tienen valor comercial y se tratasen de medicamentos de uso personal el importador deberá presentar:

Receta médica

Factura detallada

Copia de cédula o pasaporte

Carta de relevo de responsabilidad a la autoridad de Salud y guía aérea

La cantidad que se importe no podrá superar los 6 meses de tratamiento. La importación se permitirá si se demuestra la cadena de frío. Los medicamentos que aplicarían para esta modalidad serán los biológicos, biotecnológicos, hemoderivados, homeopáticos y administrados vía parenteral.

Se debe recordar que el presidente Cortizo firmó el decreto que deroga el Decreto Ejecutivo 95 del 14 de mayo de 2019 y reglamenta la Ley 1 del 10 de enero del 2001 sobre medicamentos, lo que permitiría la importación bajo el registro sanitario.